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El pasado 11 de octubre de 2021 entró en vigor la nueva Ley 11/2021, también conocida como Ley antifraude. La nueva normativa establece unas medidas de prevención contra el fraude, entre las que destaca la prohibición de la producción, tenencia o comercialización del denominado ‘software de doble uso’, que permite realizar cambios en la contabilidad que ocultan parte de su actividad real a la Agencia Tributaria.

La nueva normativa afecta a cualquier empresa o autónomo que realizan actividades económicas de entrega de bienes o prestación de servicios.

Infracción: Software de doble uso

Uno de los principales objetivos de la normativa es combatir el fraude asociado a las nuevas tecnologías, haciendo hincapié a las soluciones de software utilizadas. En este sentido, constituirán infracción los que usen o comercialicen software que:

  • Permitan llevar contabilidades distintas en los términos del artículo 200.1.d) de esta Ley.
  • Permitan no reflejar, total o parcialmente, la anotación de transacciones realizadas.
  • Permitan registrar transacciones distintas a las anotaciones realizadas.
  • Permitan alterar transacciones ya registradas incumpliendo la normativa aplicable.
  • No cumplan con las especificaciones técnicas que garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, así como su legibilidad por parte de los órganos competentes de la Administración Tributaria, en los términos del artículo 29.2.j) de esta Ley.
  • No se certifiquen, estando obligado a ello por disposición reglamentaria, los sistemas fabricados, producidos o comercializados.

Con la nueva normativa se busca combatir tanto a los proveedores de soluciones como a los usuarios que llevan una doble contabilidad, lo que genera una “caja B” que permite registrar todas las operaciones reales, pero no las presenta en su totalidad a la Administración Pública, lo que implica evadir posibles impuestos.

¿Qué sanciones se aplican?

Las sanciones pueden recaer tanto en los desarrolladores o proveedores de los programas que permiten llevar esta doble contabilidad, así como para los usuarios de estos.

De esta manera, las sanciones pueden variar de los 1.000€ a los 150.000€

  • Para los desarrolladores, productores y comercializadores de sistemas y programas que permitan una doble contabilidad, se podrá aplica una multa pecuniaria fija de 150.000 euros, por cada ejercicio económico en el que se hayan producido ventas y por cada tipo distinto de sistema o programa informático o electrónico que sea objeto de la infracción. No obstante, las infracciones del uso de sistemas que cumplan con el resto de los requisitos, pero no estén certificados cuando así lo establece la ley, serán sancionados con multa pecuniaria fija de 1.000 euros por cada sistema o programa comercializado en el que se produzca la falta del certificado.
  • La tenencia y uso de los sistemas de doble contabilidad incurrirán en una multa de 50.000 euros por cada ejercicio económico.

 

Dynamics 365 Business Central y la ley antifraude

La normativa indica que la solución ERP que se utilice para llevar la contabilidad y la llevanza de libros que garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.

Pero ¿qué implican estos conceptos?

  • Integridad. El ERP utilizado en la empresa debe registrar correctamente cualquier actividad económica que se realice.
  • Conservación Es obligatorio almacenar la información contable y financiera de los últimos cuatro ejercicios contables.
  • Accesibilidad. Los usuarios que accedan al ERP lo harán de forma segura.
  • Legibilidad. La información recopilada en el ERP debe poder consultarse en un formato estándar por si es necesario compartirlo con terceros.
  • Trazabilidad. El ERP debe permitir que quede anotados los registros como fecha y hora de l transacción, así como la documentación necesaria asociada.
  • Inalterabilidad. Quizás el más relevante de los criterios. La solución ERP deberá garantizar que no se realicen modificaciones ni cambios en los registros que no representen la realidad empresarial.

En este sentido, el ERP de Microsoft cumple con todas las disposiciones legales comentadas, ya que Business Central no permite borrar ni cambiar registros contables sin dejar rastro. En el sistema, todo lo relativo a la contabilidad y los registros deja huella, ya que ha de hacerse a través de registros compensatorios. E incluso para aquellos campos que no impliquen un registro contable y, por tanto, puedan ser borrados o modificados, puede establecerse el control a través del log de cambios.

Microsoft se posiciona como proveedor de referencia de soluciones ERP, destacando Business Central como su solución ERP para pymes. Por ello, en el caso de que Business Central sea el ERP utilizado en tu compañía, puedes estar tranquilo porque cumples con todos los requisitos expuesto en la ley antifraude.

 

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